Veterinario Responde

El abandono animal es maltrato

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El abandono animal está sancionado y tipificado en la Ley de Tenencia Responsable de animales de compañía. Conoce sus implicancias y qué puedes hacer si eres testigo de este tipo de maltrato animal.

Por Dra. María José Ubilla C., vocera y directora de la Comisión de Tenencia Responsable de animales de compañía del Colegio Médico Veterinario de Chile. [caption id="attachment_3115" align="alignleft" width="225"]

Dra. María José Ubilla C

Dra. María José Ubilla C.[/caption] De acuerdo a la Sociedad para la Prevención de la Crueldad Animal (RSPCA, por sus siglas en inglés) el abandono se define como aquel acto por parte de un propietario o cuidador temporal de un animal lo deja en un lugar -público o privado (dentro o fuera)-, sin la intención de regresar por él y sin prever su cuidado continuo. Los animales abandonados pueden ser mascotas exóticas y animales de compañía, ya sea involuntariamente o deliberadamente, desechados por sus dueños. Tanto los perros como los gatos son animales muy sociales, capaces de desarrollar un fuerte vínculo afectivo con los seres humanos, mostrando patrones específicos de comportamiento de apego. Así, el abandono representa una experiencia fuertemente traumática para un animal de compañía, ya que implican un cambio radical en sus condiciones ambientales y sociales. Por ello, este acto puede considerarse un acto de maltrato, sobre todo si consideramos que, en la calle o encerrados, los animales no pueden proveerse por sí mismos de comida, agua, abrigo y protección de su salud o de satisfacción de necesidades mentales. El Artículo 12 de la Ley 21.020, -de Tenencia responsable de mascotas y animales de compañía- indica que: “Se prohíbe el abandono de animales. El abandono de animales será considerado maltrato y crueldad animal y será sancionado de acuerdo a lo establecido en el artículo 291 bis del Código Penal”. Es tarea de todos a quienes nos interese la protección animal denunciar de estos hechos, lo que se puede hacer a través de Carabineros, o bien en Policía de Investigaciones, específicamente en Brigada de Delitos Medioambientales (BIDEMA), como también en la Fiscalía correspondiente. Para realizar la denuncia se debe contar con medios de pruebas (tales como imágenes, videos, audios) y relatar la denuncia de forma objetiva, clara y lo más detallada posible.

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