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Nueva Ley de copropiedad: Ya no se puede prohibir la tenencia de animales

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Dentro de las principales medidas, permite la tenencia de mascotas y animales de compañía. No se puede prohibir su tenencia, pero las comunidades sí podrán determinar en su reglamento los espacios comunes que éstas pueden utilizar (Artículo 8).

La nueva Ley de copropiedad inmobiliaria (Ley N° 21.422) actualiza y deroga la antigua legislación que data de 1997, perfeccionando las normativa que existía para las copropiedades y abordando temas como la clasificación de los condominios, los contenidos de reglamentos de copropiedad, las fórmulas de resolución de conflictos, las exigencias urbanas de construcción, la creación de un Registro Nacional de Administradores de Condominios, estableciendo sanciones claras y precisas para quienes no cumplan con las normas, entre otros.

Tenencia de animales

Dentro de las principales medidas, permite la tenencia de mascotas y animales de compañía. No se puede prohibir tener mascotas, pero las comunidades sí podrán determinar en su reglamento los espacios comunes que éstas pueden utilizar (Artículo 8).

Desde el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) destacan "?? ¡Atención cachupines y michis! (✨Y todas las mascotas y animales de compañía✨) Con la #NuevaLeyCopropiedad ya no se puede prohibir la tenencia de mascotas en las viviendas. A través de reglamentos de copropiedad, vecinos y vecinas determinarán los espacios comunes que podrán ser utilizados por las mascotas y animales de compañía".

Conoce más de esta nueva normativa que ya está vigente en el siguiente link: https://www.minvu.gob.cl/nueva-ley-de-copropiedad-inmobiliaria/

Foto de Helena Lopes en Pexels.

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