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Buscando el deporte con mirada animal

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Cada año al llegar las fiestas patrias resurge el fuerte conflicto asociado al rodeo, para algunos un deporte o tradición y para otros, maltrato animal; es así como son sometidos al parlamento una y otra vez, proyectos de ley que descansan esperando durante años ver la luz.

Cada año al llegar las fiestas patrias resurge el fuerte conflicto asociado al rodeo, para algunos un deporte o tradición y para otros, maltrato animal; es así como son sometidos al parlamento una y otra vez, proyectos de ley que descansan esperando durante años ver la luz.

Por Alma Sanchez, abogada.

El último proyecto presentado esta vez por Animal Libre, propone la modificación del artículo 16 de la Ley 20.380, insertando en dicho texto un inciso 2º, en virtud del cual se otorga facultades a los Municipios, para que éstos dispongan la forma en que se llevarán a efecto estos “eventos” - según refiere – de conformidad a una ordenanza que lo regule. Al respecto cabe preguntarse, ¿qué es primero? ¿El huevo o la gallina?; con el rodeo pasa lo mismo, es factible regular una actividad que para algunos es licita y para otros no? En este contexto a mi parecer, debemos considerar diversos puntos relevantes.


En primer término, nuestra legislación considera a los animales como bienes muebles semovientes hasta el día de hoy, no obstante existir varios proyectos que buscan cambiar o al menos definir su estatus jurídico de manera diferente, iniciativas que se encuentran también a la fila de los temas a tratar por nuestros legisladores. La ley 20.380, 21.020 y el Código Penal, directa o indirectamente los consideran como seres sintientes, sin distinguir especie, lo que implica un concepto de armonía normativa más actualizada a nuestros tiempos; pero ello no significa, que Chile deba ser un país vegetariano o vegano, ya que dicha decisión compete al ámbito de nuestras libertades y fuero interno, pero sí se hace necesario un marco legal por donde transitar objetivamente.

En segundo lugar, teniendo presente lo mucho que nos falta avanzar en estas materias, cabe destacar que las distintas Federaciones de Deportes con animales, en especial con caballos a nivel mundial, cada vez son más estrictas en cuanto al bienestar y cuidado de los mismos, situación que quedó de manifiesto este año en las Olimpiadas de Tokio 2021, donde la Unión Internacional de Pentatlón Moderno descalificó a la entrenadora alemana Kim Raisner por golpear a un caballo durante la competencia femenina en esta disciplina.

Así las cosas, y entrando de lleno a la modificación propuesta por Animal Libre, no me parece un proyecto que vele por el bienestar animal desde una perspectiva de realidad ni desde una perspectiva jurídica; y las razones son muy concretas, ¿cómo se pretende dar autonomía a cada Municipio indistintamente de la “forma” en que se realice cada evento, si lo que finalmente se busca es, aunar criterios en la forma de enfrentar esta actividad? Con qué recursos podría el Municipio fiscalizar su incumplimiento, si no dan abasto para fiscalizar el cumplimiento de la Ley 21.020 sobre tenencia responsable de animales de compañía?; en cuanto al fondo, nos guste o no, el rodeo es considerado de conformidad a la ley del Deporte una actividad de esta naturaleza, por lo que debería darse estricto cumplimiento a esta normativa y a las demás vigentes, sin resistirse a los actuales cambios que contemplan el bienestar animal y la destreza de los jinetes; al igual que cualquier ser vivo los animales utilizados en actividades deportivas, aprenden mejor con refuerzo positivo, con paciencia y con altura de miras, lo que no atenta contra prácticas que inspiran los valores del deporte, como son la disciplina, es esfuerzo, el compañerismo hacia un humano y hacia un compañero especial como es un animal no humano.

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