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Condena ejemplar por maltrato animal en criadero

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Acusado deberá cumplir tres años de reclusión nocturna, una multa de 30 UTM y la inhabilitación perpetua para la tenencia de animales, entre otras.

El día 22 de julio de 2018 personal de la BIDEMA,  de la PDI, acudió a una parcela en la comuna de LlayLlay, donde tenían antecedentes que existía un número indeterminado de perros en malas condiciones. Gonzalo Rebolledo, dueño de los animales autorizó el ingreso al lugar, donde encontraron 21 perros de diferentes razas en muy malas condiciones.

Los perros se encontraban en espacios reducidos, encadenados, algunos sin agua ni alimento a disposición, y otros con agua de muy mala calidad, y a simple vista se observaba que tenían diferentes patologías físicas y de salud, además en el lugar se encontraban tres animales muertos.

Estado de los animales

-Un canino de raza Bull Terrier, estaba amarrado con una cadena de 2 metros anclada a una estaca, sin agua ni comida a disposición.

-Dieciséis caninos de diferentes razas y tamaños, que se encontraban en una construcción de material ligero, en un ambiente desaseado, sin agua y sin alimento, de diferentes razas entre Bulldog Inglés, Bulldog Francés, Stafford Shire, cannes de Raza Pug, Bull Terrier, Mestizo Belga, Pitbull, que se encontraban en pésimas condiciones de salud, que ya algunos se encontraban con ceguera, otro con deformidad de uno de sus miembros delantero izquierdo y otro con problemas intestinales.

-Un canino Bull Terrier de color negro, que manifiesta conductas estereotipadas por estrés, amarrado con una cadena y sin agua y sin comida.

-Un canino de raza Pitbull encadenado, sin agua y sin alimento.

-Además de dos perros de raza Pastor Belga, que se encontraban libres y uno de ellos tenía cojera en un miembro posterior izquierdo.

Fiscalía

A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito consumado de cometer actos de maltrato o crueldad con animales, con resultado de muerte, previsto y sancionado en el artículo 291 bis del Código Penal.

Condena

Finalmente, se solicitó condenar a Gonzalo Rebolledo Robles a una pena de tres años de presidio menor en su grado medio y multa de 30 unidades tributarias mensuales, y la medida accesoria de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de animales, más las penas accesorias del artículo 30 del mismo código, esto es, la de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al comiso de los instrumentos y efectos del delito, específicamente de todos los animales que el imputado tenía en su propiedad y que actualmente se encuentran al cuidado de rescatistas de animales, y se le condene al pago de las costas, según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal.

Avance

Esta condena representa un avance.  La Organización por la Protección y Respeto a los Animales, OPRA Chile, quien fue querellante en ese caso menciona que ''sin perjuicio del inmenso dolor que nos provoca esta situación, hoy nos sentimos conformes con esta condena ejemplar y agradecemos el gran trabajo desplegado por la abogada que representó a OPRA, Alma Sánchez, y el Fiscal Julio Palacio Bobadilla que dirigió la investigación y sostuvo la acusación''.

Destacan un especial reconocimiento a los jueces Rodrigo Cortés Gutiérrez, Paola Hidalgo Benavente y Alejandra Araya Fuentes, ''quienes sostuvieron en el fallo que nuestro legislador ha entendido que estamos frente a seres animados y sintientes, es decir, que tienen capacidad de sentir, de experimentar sensaciones producidas por causas externas o internas o experimentar una impresión, placer o dolor corporal''.

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